Derecho Corporativo y Mercantil · Unión Europea

Completa la constitución de tu sociedad sin errores costosos

La constitución convierte tu idea de negocio en una entidad jurídica reconocida, pero los pasos finales están llenos de formalidades que varían según el país. Te conectamos, sin coste, con un abogado contrastado que gestiona constituciones en tu país de destino cada día y presenta todo correctamente.

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Para quién es

La constitución es el momento jurídico en que tu sociedad cobra existencia

La constitución es el acto jurídico concreto por el que una empresa se convierte en una entidad jurídica reconocida, distinta de sus socios: el paso en el que se otorgan los documentos fundacionales, se desembolsa el capital inicial cuando se exige y la sociedad se inscribe en el registro mercantil. Es el punto final formal de un proceso de creación, y es donde muchos fundadores se topan con los requisitos más técnicos: escrituras notariales, capital mínimo, denominaciones reservadas, domicilio social y, en algunos países, la publicación obligatoria de la nueva entidad. Acertar con la constitución importa porque, hasta que no se completa, el negocio carece de personalidad jurídica propia y sus fundadores pueden seguir expuestos personalmente. Un abogado de constitución de sociedades gestiona las formalidades en la secuencia correcta, se coordina con notarios y registradores y confirma el momento exacto en que la sociedad queda válidamente constituida y en condiciones de operar.


Por qué se retrasa la constitución

La constitución es una secuencia de formalidades,
y cualquier paso omitido paraliza todo el proceso.

La notarización, el capital, el registro y la publicación tienen que producirse en el orden correcto, y las normas varían de un país a otro.

01

Equivocarse en las formalidades

La constitución suele exigir escrituras notariales, desembolsos de capital mínimo y presentaciones específicas. Un solo documento en forma u orden incorrectos puede devolver el proceso al principio y retrasar tu lanzamiento.

02

Rechazos de denominación y objeto social

Los nombres de las sociedades se comprueban contra normas nacionales e inscripciones existentes, y el objeto social declarado debe ajustarse a la redacción local. Los rechazos por estos motivos son habituales y totalmente evitables con asesoramiento local.

03

Operar antes de la constitución

Los fundadores que firman contratos o aceptan pagos antes de que la sociedad esté constituida pueden responder personalmente. El momento a partir del cual puedes actuar legalmente en nombre de la sociedad varía y es fácil de calcular mal.


Qué obtienes

Un abogado de constitución que gestiona las formalidades finales

Solo te conectamos con abogados que completan constituciones en tu país de destino con regularidad, para que el proceso se haga correctamente y en el orden debido.

Documentación correcta

Las escrituras, los estatutos, las declaraciones de capital y las reservas de denominación se redactan en la forma e idioma locales precisos y se otorgan y notarizan cuando se exige, de modo que nada se rechace por un tecnicismo.

Coordinación con notario y registro

Tu abogado se coordina con los notarios y el registro mercantil, sigue la tramitación y resuelve cualquier requerimiento, ahorrándote perseguir oficinas públicas y volver a presentar documentos.

Protección de la responsabilidad

Al garantizar que la constitución se completa antes de que operes, tu abogado te protege de la responsabilidad personal que puede surgir cuando los fundadores actúan antes de que exista la entidad.

Configuración posterior a la constitución

Los títulos de participaciones, los libros, la apertura de la cuenta bancaria y las presentaciones iniciales se completan con prontitud tras el registro, de modo que la nueva sociedad esté plenamente operativa y al día desde el primer día.


Cobertura

Abogados de constitución de sociedades en toda Europa

Las formalidades de constitución se fijan por el derecho societario nacional, de modo que el abogado adecuado es quien completa constituciones en tu país concreto. Gestionamos casos en los siguientes países y más:

EspañaPortugalAlemaniaFranciaItaliaPaíses BajosBélgicaIrlandaAustriaPoloniaGreciaSuecia+ más países de la UE / EEE

Preguntas frecuentes

Constitución de sociedades — dudas habituales

¿Qué diferencia hay entre creación de empresa y constitución de sociedad?

La creación es el proceso más amplio de elegir una estructura y preparar el negocio, mientras que la constitución es el acto jurídico concreto que crea la entidad: otorgar los documentos fundacionales e inscribir la sociedad para que adquiera personalidad jurídica propia. Ambos términos se usan a menudo como sinónimos, pero la constitución es el punto final formal.

¿Se necesita notario para constituir una sociedad en Europa?

Depende del país y de la forma jurídica. En varios países europeos ciertos tipos societarios exigen escrituras notariales o intervención notarial en la constitución, mientras que en otros el registro se tramita directamente por internet. Un abogado confirmará qué exige tu caso concreto.

¿Qué capital mínimo se necesita para constituir?

Los requisitos de capital social mínimo varían mucho según el país y la forma jurídica: algunos son nominales y desembolsables más tarde, mientras que otros exigen un depósito significativo antes del registro. Tu abogado confirmará la cifra exacta y cómo y cuándo debe desembolsarse.

¿Puedo operar antes de que mi sociedad esté constituida?

En la mayoría de los países no deberías, porque los contratos firmados antes de la constitución pueden dejar a los fundadores personalmente responsables. Existen mecanismos limitados para la actividad preconstituida en algunas jurisdicciones, pero lo más seguro es completar primero la constitución: tu abogado te asesorará sobre el momento correcto.

¿Cómo sé cuándo está oficialmente constituida mi sociedad?

La sociedad queda generalmente constituida una vez inscrita en el registro mercantil correspondiente y, cuando se exige, publicada la constitución. Tu abogado confirmará la fecha exacta en que tu entidad cobró validez y cuándo puedes empezar a operar.

¿Qué documentos recibo tras la constitución?

Normalmente un certificado de constitución, los estatutos o la escritura de constitución y los números de registro, seguidos de los títulos de participaciones y los libros obligatorios. Tu abogado reunirá el conjunto completo y te asesorará sobre las presentaciones y altas iniciales que siguen.


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