Asilo y protección internacional · España

Encuentra un asylum lawyer en España para tu caso de asilo

Solicitar protección internacional exige ordenar hechos, documentación y plazos con criterio jurídico. Te ponemos en contacto con abogados colegiados en España que trabajan habitualmente con expedientes de asilo y con la jurisdicción contencioso-administrativa. El servicio de emparejamiento es gratuito y no te compromete a nada.

  • Abogados colegiados que ejercen en España
  • Experiencia en protección internacional y recursos
  • Primera respuesta media en 24–48 horas

Emparejamiento gratuito · Sin compromiso · Perfiles verificados por especialidad y territorio

Encuentra un abogado para tu caso

Cuéntanos qué necesitas y dónde. Un abogado que cubra tu área del derecho se pondrá en contacto contigo, normalmente en 24-48 horas.

Gratis & confidencial. Sin obligación de contratar.


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155+
Servicios jurídicos especializados
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Primera respuesta media
€0
Coste del emparejamiento

Cómo funciona

Abogados de asilo y protección internacional en España

Encontrar un asylum lawyer en España no debería ser un obstáculo añadido a un proceso ya de por sí difícil. En europeanlawyerfinder.com escuchamos tu situación y te ponemos en contacto con abogados colegiados en España que trabajan con solicitudes de protección internacional, expedientes administrativos y recursos ante la jurisdicción contencioso-administrativa. Todos ellos ejercen conforme al marco español: colegiación obligatoria en un Colegio de la Abogacía, formación de acceso regulada por la Ley 34/2006 y sujeción al Estatuto General de la Abogacía Española. Tú explicas tu caso una sola vez; nosotros filtramos perfiles por especialidad y por territorio. El servicio de matching es gratuito y no sustituye al asesoramiento jurídico, que corresponde siempre al abogado que asuma tu defensa.


Contexto legal en España

Cómo funciona el sistema español cuando necesitas un abogado de asilo

España es un Estado descentralizado con un poder judicial único y una tradición de derecho civil codificado, en la que la jurisprudencia del Tribunal Supremo unifica la interpretación de la ley. Ese marco determina quién puede representarte, ante qué órganos se tramita un expediente administrativo y qué plazos debes vigilar. Estos son los puntos prácticos que conviene conocer antes de contratar.

Quién puede ejercer y representarte

Para actuar ante los tribunales españoles es obligatoria la colegiación en un Colegio de la Abogacía, coordinado por el Consejo General de la Abogacía Española (CGAE). Basta la incorporación a un solo Colegio —el del domicilio profesional principal— para ejercer en todo el territorio nacional. La Ley 34/2006 exige el Grado en Derecho, un máster de acceso de 90 ECTS y superar el examen estatal de aptitud.

Órganos que revisan una decisión administrativa

En España las cuestiones administrativas se conocen en primera instancia por los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo. Las apelaciones corresponden a los Tribunales Superiores de Justicia de cada comunidad autónoma, y la casación y la revisión son competencia del Tribunal Supremo, con sede en Madrid. La Audiencia Nacional asume determinados asuntos administrativos que afectan al conjunto del país.

Recursos administrativos: cuenta atrás de un mes

Ante actos administrativos, el recurso de alzada o de reposición debe presentarse en el plazo de un mes. Es una ventana corta, y por eso conviene que un abogado revise la resolución y el expediente en cuanto la recibas, para decidir con margen si se agota la vía administrativa o se prepara ya la vía judicial contencioso-administrativa.

Asistencia jurídica gratuita

La Ley 1/1996 regula la asistencia jurídica gratuita e incluye abogado, procurador, peritos y exención de costas procesales. Se reconoce cuando la renta anual bruta de la unidad familiar no supera el umbral vinculado al IPREM —con carácter general el doble, y hasta tres o cuatro veces con familiares dependientes—. La solicitud se presenta ante el Colegio de la Abogacía del tribunal competente.

Honorarios, costas y tasas judiciales

Los honorarios se pactan libremente entre abogado y cliente: no hay tarifas oficiales vinculantes, solo criterios orientadores de los Colegios. Quien pierde puede ser condenado a pagar las costas de la contraria, con el límite de un tercio de la cuantía en los procedimientos declarativos. La tasa judicial solo la pagan las personas jurídicas; las personas físicas están exentas y las órdenes penal y social no la devengan.

Un solo Colegio, toda España

La colegiación en un único Colegio de la Abogacía habilita para actuar en cualquier punto del territorio nacional, de Madrid a Barcelona, Valencia, Sevilla, Zaragoza, Málaga, Bilbao o Murcia. El Estatuto General (Real Decreto 135/2021) exige mayoría de edad, título profesional, conocimiento del español —y de las lenguas cooficiales cuando proceda— y carecer de antecedentes penales por delitos graves.


El problema

Lo que se complica antes de tener abogado

Tres situaciones que aparecen casi siempre cuando alguien busca ayuda para un expediente de protección internacional en España.

01

Un relato que cuesta ordenar

Explicar por qué saliste de tu país, qué te ocurrió y cómo se relaciona todo exige estructura y precisión. Sin apoyo experto, es fácil que el expediente quede incompleto o que se pierdan detalles relevantes para tu solicitud.

02

Plazos administrativos muy cortos

En España el recurso de alzada o de reposición se presenta en un mes. Ese margen se agota antes de lo que parece, y llegar tarde condiciona las opciones disponibles para reaccionar frente a una resolución desfavorable.

03

Dudas sobre honorarios y sistema

Aquí no existen tarifas oficiales vinculantes: los honorarios se acuerdan libremente con el cliente. Sin referencias claras, cuesta saber qué esperar, qué preguntar y cómo comparar perfiles antes de contratar.


Ventajas

Por qué buscar tu abogado con nosotros

Un proceso sencillo, pensado para que dediques tu energía al caso y no a buscar contactos.

Emparejamiento gratuito

Nos cuentas tu situación una sola vez y seleccionamos abogados colegiados en España cuya práctica incluye asilo y protección internacional. No pagas nada por el emparejamiento.

Perfiles especializados

Filtramos por área de práctica y territorio, de modo que hables con profesionales que tramitan habitualmente expedientes administrativos y recursos ante la jurisdicción contencioso-administrativa.

Cobertura en toda España

Estés en Madrid, Barcelona, Valencia, Sevilla, Zaragoza, Málaga, Bilbao, Murcia o cualquier otra provincia, la colegiación en un solo Colegio habilita al abogado para actuar en todo el territorio nacional.

Transparencia desde el inicio

Antes de contratar sabes quién te atiende y cómo se pactan los honorarios, que en España son libres y se acuerdan directamente entre abogado y cliente.


Europa

Otros países donde también podemos ayudarte

Además de España, trabajamos con abogados en los principales países europeos, cada uno con su propio procedimiento de protección internacional y sus reglas de práctica profesional.

PortugalFranciaItaliaAlemaniaPaíses BajosBélgicaSuizaReino UnidoIrlandaSueciaNoruegaDinamarcaAustriaPolonia

Preguntas frecuentes

Dudas habituales sobre abogados de asilo en España

¿Qué hace exactamente un asylum lawyer en España?

Se ocupa de la solicitud de protección internacional y de todo lo que la rodea: preparar el relato y la documentación, seguir el expediente administrativo, atender requerimientos y, si la resolución es desfavorable, valorar e interponer los recursos ante la jurisdicción contencioso-administrativa. Debe estar colegiado en un Colegio de la Abogacía español para actuar ante los tribunales.

¿Puede representarme un abogado extranjero en España?

Para actuar ante los tribunales españoles es obligatoria la colegiación en un Colegio de la Abogacía, coordinado por el CGAE. La Ley 34/2006 exige el Grado en Derecho, un máster de acceso de 90 ECTS con práctica profesional y superar el examen estatal de aptitud. Un abogado que no esté colegiado en España no puede asumir esa representación.

¿Cuánto cuesta contratar un abogado de asilo en España?

Los honorarios se pactan libremente entre abogado y cliente: no hay tarifas oficiales vinculantes, solo criterios orientadores de los Colegios. Si tu unidad familiar carece de medios suficientes, la Ley 1/1996 reconoce la asistencia jurídica gratuita —abogado, procurador, peritos y exención de costas— y la solicitud se presenta ante el Colegio de la Abogacía del tribunal competente.

¿Qué plazos debo tener presentes en España?

Depende del acto de que se trate. Entre los más habituales, el recurso administrativo de alzada o reposición se presenta en un mes, las reclamaciones de deudas y las rentas de arrendamiento prescriben a los cinco años, el despido se reclama en veinte días hábiles y el impuesto de sucesiones se presenta y paga en seis meses. Un abogado revisa qué plazo se aplica a tu caso concreto.

¿En qué órganos se revisan las decisiones administrativas?

En primera instancia conocen los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo. Las apelaciones corresponden a los Tribunales Superiores de Justicia de cada comunidad autónoma, la Audiencia Nacional asume determinados asuntos que afectan a todo el país y la casación y la revisión son competencia del Tribunal Supremo, con sede en Madrid.

¿El servicio de emparejamiento tiene algún coste?

No. Describir tu caso y recibir propuestas de abogados especializados es gratuito y no te obliga a contratar. Después decides con qué profesional sigues adelante y acuerdas sus honorarios directamente con él, sin intermediarios ni comisiones ocultas.


Siguiente paso

Cuéntanos tu caso y te ponemos en contacto con un abogado

Describir tu situación lleva menos de dos minutos. Recibirás propuestas de abogados colegiados en España que trabajan con protección internacional y podrás decidir con calma, sin coste por el emparejamiento.

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